Pregunta a ADA

¿La ADA no se aplica a todos los apartamentos y condominios?

No, La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) no siempre se aplica a apartamentos y condominios. En términos de vivienda, las entidades del Título II (gobierno estatal y local) tienen la obligación bajo la ADA de brindar programas y servicios de manera accesible. Algunos ejemplos de viviendas cubiertas por la ADA incluyen áreas como instalaciones correccionales, autoridades de vivienda, dormitorios, casas para grupos y refugios a largo plazo. Si hay áreas abiertas al público en una edificación de construcción privada, como una oficina de arrendamiento, entonces la ADA se aplicaría a la oficina de arrendamiento porque se considera un lugar de establecimiento público según el Título III de la ADA, pero la ADA no se aplicaría a las propias unidades de vivienda.

Sin embargo, otra ley llamada Ley de Vivienda Justa (FHA) se aplica a todos los proveedores de vivienda, tanto públicos como privados. La FHA prohíbe a los proveedores de vivienda discriminar a los solicitantes o residentes debido a una discapacidad. La FHA requiere ciertas características de diseño en desarrollos multifamiliares recientemente construidos y hace que sea ilegal negarse a “hacer adaptaciones/modificaciones razonables en las reglas, políticas, prácticas o servicios, cuando dicha adaptación pueda ser necesaria para brindarle a dicha persona la misma oportunidad de usar y disfrutar de una vivienda".

¿Aplica la ley ADA a las escuelas también?

Sí, la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) aplica a las escuelas. El Título II de la Ley ADA requiere que las escuelas públicas aseguren que la instrucción educativa, las actividades extracurriculares y las instalaciones sean accesibles para todos los estudiantes. Las escuelas privadas que no son religiosas tienen obligaciones similares de proveer igualdad de acceso. Además de la ley ADA, otras leyes tales como la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación y a Ley de Educación y la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA, por sus siglas en inglés) ofrecen protecciones adicionales.

¿Tienen que hacer alguna adaptación para mí?

P: Quiero asistir a las reuniones mensuales del consejo del pueblo. Como usuario de una silla de ruedas, se me hace imposible asistir, debido a que las reuniones se llevan a cabo en un segundo piso donde no hay elevadores.  ¿Tienen que hacer alguna adaptación para mí?

R: Sí, bajo el Título II de la Ley ADA, una entidad gubernamental tiene que asegurar que los programas, servicios o actividades del pueblo sean accesibles a todas las personas con discapacidades. Esto se puede lograr reubicando la reunión mensual a una localización accesible o proveer una transmisión interactiva de video que permite interacción en vivo.

 

Estoy tratando de que mi pueblo sea más accesible para las personas que usan sillas de ruedas. ¿Vendrá la ley ADA a ayudarme a promover esto?

La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es una ley que requiere que las ciudades y pueblos sean accesibles. No es una organización que provee defensa. Afortunadamente, hay organizaciones y agencias en las comunidades, tales como Centros de Vida Independiente, que llevarán a cabo estos esfuerzos de defensa a favor de la comunidad de personas con discapacidades. Haga “clic” aquí para encontrar una organización en su área.

¿Qué significa “inconveniencia excesiva” en relación con las adaptaciones razonables?

“Inconveniencias excesivas” bajo la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es un término que aplica en un escenario de empleo. Es cuando un patrono tiene que incurrir en gastos significativos o enfrenta dificultades significativas para proveer la adaptación. Inconveniencias excesivas debe verse de manera individual y debe tomar en cuenta todos los recursos del patrono, el tamaño y estructura de la empresa y la manera en que opera. Tanto el costo como la naturaleza de la adaptación razonable debe tomarse en cuenta para decidir si es razonable.

 

¿Cubre el Título I de la ley ADA las discapacidades a corto plazo?

Cuando una persona tiene una condición que se considera menor o temporera, como por ejemplo la influenza, la ley ADA no cuenta la misma como una discapacidad. Las enfermedades a corto plazo y otras discapacidades podrían cualificar sin son severas. Un ejemplo podría ser una persona que acaba de pasar por un reemplazo de cadera. Podrían continuar cumpliendo con las funciones de su trabajo, pero podrían necesitar una adaptación de una elevación ligera por entre 6 a 8 semanas. El patrono necesita considerar la solicitud de adaptación cuando no constituyen una inconveniencia excesiva y permitirían que la persona continúe trabajando.

 

¿Qué cubre el Título III bajo la ley ADA?

El Título III es la sección de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) que aplica a instalaciones comerciales y públicas. Estas son entidades privadas. Los espacios públicos que estén abiertos al público y caigan bajo una de las 12 categorías muy amplias que pueden incluir, pero no se limitan a cosas tales como centros comerciales, restaurantes, tiendas de venta al detal, bibliotecas, parques, oficinas médicas, etc. Tome nota de que las entidades religiosas están exentas de este Título de la ley ADA. Bajo el Título III, estos espacios públicos tienen que proveer igualdad de acceso a los bienes y servicios que proveen.

 

¿Qué es el Título I de la ley ADA?

El Título I de la ley ADA es la sección en la ley que prohíbe el discrimen en el empleo. El Título I requiere que los patronos provean adaptaciones razonables a candidatos cualificados o empleados con discapacidades.

Bajo el Título I, un patrono privado con 15 o más empleados es considerado una entidad cubierta que debe cumplir con las reglas del Título I. Es importante establecer que estados individuales, como Nueva York y Nueva Jersey, cuentan con leyes similares al Título I y pueden requerir que una empresa con menos de 15 empleados esté cubierta bajo las protecciones estatales de no discrimen.

 

¿Estoy cubierto bajo la Ley ADA si soy envejeciente?

P: ¿Estoy cubierto bajo la Ley ADA si soy envejeciente?

R: Ser una persona mayor, por si, no ofrece protección bajo la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA). A medida que una persona envejece puede comenzar a experimentar cambios en la manera en que camina, ve o escucha, así como puede comenzar a desarrollar condiciones crónicas como la diabetes o la artritis. Todo esto puede presentar retos en cuanto a cómo una persona trabaja, accede bienes y servicios, o simplemente se mueve dentro de sus comunidades. La Ley ADA tiene el propósito de proteger y asegurar igualdad de acceso a las personas, ya sea aquellas que nacieron con una discapacidad o adquirieron una debido a un accidente o envejecimiento.

Puede encontrar más información acerca de la Ley ADA y el proceso de envejecimiento en La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) y las personas de edad avanzada.

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