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Me gustaría tener un lugar de estacionamiento reservado en mi complejo de apartamentos donde vivo porque tengo dificultades para caminar largas distancias debido a mi discapacidad y el estacionamiento es por orden de llegada. ¿No exige la ADA que el administrador del complejo de apartamentos me dé un lugar de estacionamiento accesible?

P: Si vive en un complejo de apartamentos privado, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) normalmente no se aplicaría a las áreas de estacionamiento que se proporcionan a los residentes del complejo. Sin embargo, se aplicaría otra ley llamada Ley de Vivienda Justa (FHA) que requiere que los administradores de vivienda proporcionen adaptaciones razonables para los inquilinos con discapacidades. Un ejemplo común de una solicitud de adaptación razonable en la vivienda se relaciona con el estacionamiento y la asignación de un lugar de estacionamiento reservado a una persona con discapacidad cerca de su unidad, aunque el estacionamiento para inquilinos generalmente se asigne por orden de llegada.

R: Por lo tanto, si bien la ADA probablemente no se aplicaría en este caso, ya que la ADA no cubre los complejos de apartamentos privados, la FHA se aplicaría para que se pueda hacer una solicitud para esta adaptación razonable bajo la FHA.


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