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La diferencia entre animales de servicio, animales de apoyo emocional o animales de terapia puede ser confusa. ¿Todos están cubiertos bajo la ley ADA?

Bajo la ley ADA, un animal de servicio se define como un perro, y a veces un caballo miniatura, que ha sido entrenado para completar una tarea específica relacionada a una de las necesidades de la discapacidad de una persona. Los animales de apoyo emocional, así como los de terapia no son considerados animales de servicio bajo la Ley ADA.

Aunque estos animales juegan un rol de compañía, aliviar la soledad y mitigar los efectos de algunas condiciones de salud mental, no tienen entrenamiento especial para desempeñar tareas específicas que asistan a las personas con discapacidades.

 


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