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Incentivo Tributario para Pequeñas Empresas para Proveer Acceso a las Personas con Discapacidad

P: Soy dueño de una pequeña empresa que necesita algunas modificaciones físicas para personas que usan sillas de rueda o tienen otros impedimentos de movilidad. ¿Tiene el gobierno federal algún tipo de incentivo tributario para ayudarme con los costos de llevar a cabo estas modificaciones?

R: Sí. El Crédito de Acceso para Discapacitados, formulario 8826 del Servicio de Rentas Internas, provee un crédito para pequeñas empresas que incurren en gastos para proveer acceso a las personas con discapacidad. Una pequeña empresa elegible es toda aquella que haya ganado $1 millón o menos, o que no tenga más de 30 empleados a tiempo completo en el año previo. Además, la deducción tributaria para la remoción de barreras anima a las empresas de cualquier tamaño a que remuevan las barreras arquitectónicas y de transportación que afectan la movilidad de las personas con discapacidad y de edad avanzada. Las empresas pueden reclamar una deducción de hasta $15,000 por gastos cualificados para artículos que normalmente deben ser capitalizados. Las empresas reclaman la deducción inscribiéndola como un gasto separado en su planilla de contribución de ingresos.

Además, las pequeñas empresas elegibles pueden usar el Crédito de Acceso para Personas con Discapacidad y la deducción tributaria para arquitectura/transportación conjuntamente en el mismo año tributario si los gastos cumplen con los requisitos de ambas secciones. Cuando utilicen ambos, la deducción será igual a la diferencia entre los gastos totales y la cantidad del crédito reclamado, hasta $15,000 por año.

 

 


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