De vez en cuando, mi empresa recibe peticiones para proveer intérpretes y otros servicios para personas sordas o con dificultades auditivas. ¿Hay algún beneficio tributario que pueda reclamar para ayudarme con estos costos?
¡Buenas noticias! Asumiendo que su empresa cualifica como una “pequeña empresa” bajo la Sección 44 del Código de Rentas Internas, usted puede obtener un crédito tributario de hasta $15,000 para una variedad de gastos relacionados a la accesibilidad, incluyendo intérpretes de lenguaje de señas. La Sección 44 define a las pequeñas empresas como todas aquellas que en el pasado año tributario tuvieron ganancias de $1 millón o menos o tenían 30 o menos empleados a tiempo completo. Este crédito tributario, que se llama Crédito de Acceso para Personas con Discapacidad, fue creado en el 1990 para ayudar a las pequeñas empresas a costear los gastos relacionados al cumplimiento con la ADA. Asegúrese de familiarizarse con cómo se calcula el crédito –podría querer consultar con su contador. Aquí le ofrecemos una lista (tomada de ADA.gov) acerca de qué podría costearse bajo este crédito:
- Suministro de lectores ópticos para los clientes o empleados con discapacidades visuales
- Suministro de intérpretes de lenguaje de señas
- Compra de equipo adaptativo
- Producción de formatos accesibles de materiales impresos (por ejemplo: Braille, tipografía grande, grabaciones de audio, discos de computadora)
- Remoción de barreras arquitectónicas en instalaciones o vehículos (las modificaciones deben cumplir con los estándares aplicables de accesibilidad)
- Honorarios por servicios de consultoría (bajo ciertas circunstancias)